
Hablemos de Historia | 06/04, 02:10
Por Ricardo Montenegro (*) El siguiente trabajo tratará el tema ?Conquista y colonización del continente americano?, y tiene el objetivo de demostrar o refutar la siguiente hipótesis: ?Los Reyes Católicos recibieron apoyo del Papa Alejandro VI en la conquista y colonización?, para poder llevar a c
Tags: conquista y colonización, continente americano, montenegro, reyes, reyes católicos
Noticias educativas | 24/07, 11:29
Un equipo formado por dos alumnas y un profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo (Uncuyo) alcanzaron el primer lugar en un certamen internacional sobre Derechos Humanos, organizado por la American University College Of Law de Estados Unidos. Se trata de Romina Ronda y Ana...
Tags: certamen, continente americano, festival de cine, historia oral, oportunidad, propuesta de trabajo, relaciones humanas, universidad nacional de cuyo, universidades
Hablemos de Historia | 19/06, 00:23
El siguiente ensayo, es una breve reflexión en torno a uno de los ultimos debates interesantes en las ciencias sociales, principalmente en nuestro continente. Los nuevos estudios culturales, son una insurreción academica, que busca retratar la dinamica en torno a la cultura de los subalternos, no
Tags: ciencias sociales, continente, debates, estudios culturales, manifestaciones culturales, torno
El pasado 8 de abril moría el artista Sol LeWitt. Traduciendo (mal) de la Wikipedia en inglés: artista americano unido a varios movimientos incluyendo el arte conceptual y el minimalismo. Trabajó predominantemente en pintura, dibujo y estructuras, un término que prefería al de escultura. Nos preocupa ser oportunistas, pero la verdad es que cuando conocimos su obra nos pareció especialmente
Hablemos de Historia | 21/06, 01:09
Creo que no hay ningún estudiante de historia o de ciencias sociales en nuestro continente, que no conozca a Galeano y si lo hay, pues que no se preocupe, porque aquí en Hablemos de Historia, se lo dejamos a un click de distancia. Un acérrimo crítico de nuestra maldición llamada subdesarrollo,
De abundancia digital, se entiende, que a la universidad típica el concepto de abundancia se lo explicaron en algún momento de su vida, pero disfrutarla…
Ya conocen ustedes el discurso: la digitalización nos ha traído un nuevo modelo económico. Hasta el siglo XX reinó la economía de la escasez (hágase con una buena fuente para obtener un bien escaso y se hará de oro). Pero cada vez más nos encontramos lidiando con la economía de la abundancia, la del coste de replicado cero, la de la larga cola de Chris Anderson (1)…
Ese cambio radical tiene a medio mundo correteando por ahí en busca de un nuevo modelo de negocio. Algunos lo hacen con mayor criterio que otros. El ejemplo paradigmático de los que no demuestran demasiado criterio es el de las discográficas. De la noche a la mañana, se han encontrado con que hasta el último adolescente (iba a poner nativo digital, pero esa es otra discusión…) es capaz de distribuir su producto más eficientemente que ellas. De momento, lo mejor que se les ha ocurrido para perpetuar su modelo de negocio es amenazar —y a veces hasta demandar, en el caso americano— a su propia clientela…
No seré yo quien se dedique a buscar un nuevo modelo de negocio para las discográficas. Primero porque me parece una empresa difícil, desde luego. Pero, sobre todo, porque me preocupa más otro tipo de empresa: la Universidad.
Y ahí vuelvo al tema. Porque la Universidad (con mayúsculas) es otra entidad amenazada por la digitalización: una Universidad que se percibe (y se vende, por tanto) como productora y poseedora del conocimiento está tan amenazada como las discográficas por este mundo de unos y ceros. Más, si me apuran: ¿qué hay más fácil que digitalizar un libro, el vídeo de una conferencia o la Enciclopedia Británica (otra especie amenazada) y poner esos contenidos en un DVD, o colgarlos de cualquier sitio P2P? Pues eso, que o despertamos deprisa o pronto nos veremos entre la espada y la pared.
Y esa preocupación (egoísta, lo confieso) ha hecho que se me encendiera la lucecita leyendo un artículo (2) sumamente interesante que analiza modelos de negocio posibles en esta nueva economía de la abundancia.
El texto parte de los modelos adoptados por dos empresas que están viviendo un gran momento financiero precisamente gracias a esa nueva economía: la inevitable Google y Red Hat Inc, una empresa dedicada al curioso negocio de vender Linux. Sí, efectivamente: Red Hat vende software… que es gratis (y de código abierto y libre, además). Y con notables resultados económicos. Lean lo que dice el articulista de la empresa (en traducción libre):
Red Hat descubrió hace años que cuanto más desarrollo de código abierto, mayor es la necesidad de destilar la comunidad a su esencia “binaria”. En otras palabras, hacia Red Hat Enterprise Linux desde el Salvaje Oeste de Fedora. Los trocitos son gratis o abundantes, pero el servicio que los envuelve no lo es. Por tanto, Red Hat gana más cuando ella o los demás reganan software, porque esto lleva a una mayor necesidad de su papel de garante de la calidad y la estabilidad.
Y no me negarán que si en vez de Linux ponemos “el árbol del conocimiento” y donde dice “Red Hat” decimos “la Universidad”, el discurso se sostiene con la misma solidez. Pues eso. Regalemos los contenidos. Por dos motivos:
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N.d.E
* Chris Anderson - La Larga Cola (Tendencias, 2007).
* Matt Asay - Lessons from Google and Red Hat for Facebook and open source
Hace unas semanas, hablábamos de YouTube y Carlos planteaba un par de preguntas: ¿Debemos primar la protección de los derechos de autor sobre la innovación tecnológica y sus repercusiones sociales? ¿Merece la pena plantear un profundo cambio de las leyes de propiedad intelectual?
Me ha parecido interesante retomar ambas preguntas, a raíz de la reciente noticia sobre el acuerdo alcanzado entre EMI y Bertelsmann (la compañía alemana que adquirió Napster en el 2000, cuando éste estaba en pleno proceso judicial por responsabilidad por infracción de la propiedad intelectual cometida por sus usuarios) según el cual EMI recibirá una compensación de 60 millones de dólares en concepto de daños causados por infracción de propiedad intelectual.
Ciertamente, de entre las muchas cuestiones que la tecnología digital ha planteado en relación con la protección de la propiedad intelectual, la que ha tenido más repercusión, tanto a nivel social como económico, ha sido el uso masivo de los sistemas de intercambio de ficheros (P2P).

La bondad del avance tecnológico que estos programas aportan a nuestra sociedad, para el intercambio de información y para la explotación ?directa? de obras y demás productos intelectuales (saltándose los intermediarios ?tradicionales?), es innegable. Lamentablemente, y de ahí su éxito comercial y social, estos programas P2P han sido (y siguen siendo) utilizados principalmente no tanto para difundir obras propias sino para explotar la propiedad intelectual ajena. Y si bien en términos generales, la ley de propiedad intelectual permite a todo ciudadano hacer lícitamente una copia privada ?también digital- para su uso personal, lo que no le permite es difundir al público la obra ajena sin el previo consentimiento de su titular.
Desde el punto de vista jurídico, el problema se puede plantear en forma de triángulo: sociedad, titulares de derechos y desarrollo tecnológico. La ley, en este caso, de propiedad intelectual, debería ejercer de árbitro ecuánime; cosa que no siempre es fácil de conseguir.
Por una parte, ante el ?peligro? que la tecnología digital suponía para sus intereses, los titulares de derechos actuaron apresuradamente (y las prisas no acostumbran a conducir a nada bueno) para asegurar su propiedad en el contexto digital. A resultas de ello, tenemos ahora unas leyes de propiedad intelectual que han reforzado (e incluso ampliado) el ámbito de exclusividad del autor, unas leyes que recogen medidas cuya bondad y eficiencia está por demostrar (como es el caso de la protección de las medidas tecnológicas) e incluso que pueden poner en peligro la propia subsistencia de los límites a favor del interés público (libertad de expresión, información, acceso a la cultura…) que reconoce la ley de propiedad intelectual.
Por otra parte, la industria tecnológica vive amenazada por la responsabilidad que les pudiera corresponder por las infracciones cometidas por sus usuarios. Afortunadamente, esta amenaza no ha limitado, por el momento, el desarrollo tecnológico, pero quizás el efecto más detestable (o cuanto menos, peligroso) generado por el reforzamiento de las leyes de propiedad intelectual será el haber propiciado que el control de contenido (obras) y continente (tecnología) acabe en las mismas manos, con el consiguiente resultado negativo para la libre competencia en el mercado y, en última instancia, para el consumidor. De hecho, basta con pensar en el ?monopolio vertical? de Itunes (que controla la descarga de obras para ser utilizadas únicamente en sus aparatos) y en las primeras batallas a favor de la interoperabilidad (por ejemplo, en Francia y Noruega).
Además, las asociaciones de usuarios tanto a nivel nacional como internacional están trabajando duro para reencontrar el equilibrio perdido y asegurar que las leyes de propiedad intelectual garantizan el acceso público a las obras y que las medidas tecnológicas de protección no acaben limitando e incluso impidiendo la utilización libre de obras en supuestos concretos.

El respeto a la propiedad intelectual es uno de los pilares básicos de nuestra sociedad, y debemos mantenerlo también en contextos digitales, especialmente ahora que estos bienes son objeto de un mercado importante, tanto económicamente como culturalmente. Tal como explica el Prof. Lessig, la propiedad intelectual siempre ha consistido en otorgar un ?control? sobre las obras, pero este control no debería ser absoluto. Este es precisamente el reto que ahora se nos plantea.
Continuará.
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